Si te preguntabas con qué derecho las autoridades han quitado mansiones, ranchos, animales exóticos y autos de lujo a narcotraficantes o políticos acusados de corrupción, esto te interesa
Tras los cambios que le hizo el Senado, la reforma a la Constitución para aplicar la extinción de dominio a delitos de corrupción, robo de hidrocarburos, ilícitos cometidos por servidores públicos y extorsión volverá a la Cámara de Diputados.
México está lejos de usar de manera eficaz este instrumento, creado en 2009. Mientras en 2018 Colombia tiene 2,703 procesos judiciales por extinción de dominio y 28,165 bienes recuperados, en el periodo 2010-2011 México solo tenía tres procesos y había recuperado ocho bienes, señaló la senadora Ana Lilia Rivera, presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda.
Con los cambios realizados por el Senado se busca mejorar la aplicación de la extinción de dominio o recuperación de bienes relacionados con delitos.
La pérdida de los derechos sobre bienes que han sido instrumento, objeto o producto de un delito o que sean utilizados para esconder o mezclar otros bienes producto de un delito, según la Ley de Extinción de Dominio.
La Constitución, la ley y el derecho internacional protegen la propiedad privada adquirida legítimamente como un derecho fundamental de las personas. Sin embargo, este derecho no se reconoce cuando las personas obtienen sus bienes mediante la comisión de determinados delitos o los destinan a ellos.
Permite al Estado apropiarse de bienes de origen o destino ilícito, partiendo de que la forma más eficaz de combatir la delincuencia organizada es mermar sus estructuras financieras y ganancias, y recuperar los activos generados mediante dinero ilícito.
La extinción de dominio ha sido figura central en la estrategia de seguridad de Estados Unidos, Italia, y Colombia, para combatir a la delincuencia organizada y restituir el estado de derecho.
¿Qué cambios hizo el Senado?
El Senado de la República modificó la minuta de la reforma al artículo 22 constitucional enviada por la Cámara de Diputados para establecer que la acción de extinción de dominio no tendrá caducidad.
También amplió el catálogo de delitos en los cuales se aplicará esta figura:
- Extorsión
- Corrupción
- Encubrimiento
- Delitos cometidos por servidores públicos
- Delincuencia organizada
- Robo de vehículos
- Recursos de procedencia ilícita
- Delitos contra la salud
- Secuestro
- Trata de personas
- Delitos en materia de hidrocarburos petrolíferos y petroquímicos
Y se reformó el artículo 73 de la Constitución para facultar al Congreso de la Unión para expedir la legislación única en materia de extinción de dominio.
Fuente:
https://adnpolitico.com/congreso/2018/11/20/que-es-la-extincion-de-dominio-y-por-que-mexico-necesita-reformarla