Hogare Inmobiliaria

¿Cómo actualizar el valor de los inmuebles en catastro, para el cálculo del predial y la deducción de los gastos en construcción según aplique por ley?

31 Jul 2019

Manifestación o regularización de construcciones.


¿Cómo pueden los propietarios actualizar el valor de sus inmuebles en catastro, para el cálculo del predial y la deducción de los gastos en construcción según aplique por ley?

Manifestando y regularizando las construcciones nuevas

¿Cuál es el objetivo?

Actualizar la información del valor de las construcciones nuevas, reconstrucciones o ampliaciones que el propietario o poseedor haya realizado a su predio

Este es un trámite que el contribuyente tiene la responsabilidad de realizar para manifestar los cambios que se hayan realizado en su predio, lo que modificará su valor catastral, lo cual le va a permitir la consideración de los costos por las construcciones nuevas en caso de enajenación, por lo que deberá acudir a la Dirección de Catastro e Impuesto Predial en donde se le dará la asesoría para que cumpla con su obligación y evite sanciones

Requisitos:

Presentarse en las oficinas de la Dirección de Catastro e Impuesto Predial, ubicado en la segunda planta de la Presidencia Municipal con los siguientes requisitos:

1. Llenar el formato (FORMATO – CAT – 01 – A) que se proporciona en la misma oficina.

2.Avaluó fiscal.

3. *Certificación de terminación de obra.

*Para obtener la Certificación de terminación de obra se deberá acudir a Dirección General de Desarrollo Urbano, ubicada en Boulevard Guanajuato 8 A Teléfonos: (473)73-4-01-27, (473)73-4-01-28, (473)73-1-17-34.

4.CURP/ Credencial de elector.

Toda la documentación se deberá presentar en original y copia.

Fundamento Legal

Artículos 161, 162 y 166 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato.

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Sanciones en caso de omisión

En caso de que el propietario o poseedor de la construcción no manifieste ante Catastro las modificaciones realizadas a su predio, se hará acreedor de una sanción en salarios mínimos que se determinará de acuerdo a la zona y la superficie construida

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Detalles del trámite

Obtiene: Orden de variación de impuesto predial urbano o rústico

Costo: N/A

Duración del trámite: 3 días.

Donde pagar: N/A

Vigencia: N/A

Tipo de usuario: Ciudadanía en general.

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Observaciones Adicionales

En los casos que no se haya tramitado la licencia de construcción se omitirá la certificación de término de obra.